martes, 22 de mayo de 2012

Publicada en Gaceta Oficial resolución de ascensos en la carrera policial


Fuente: CGP
22 de Mayo 2012

 En la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 39.925 de fecha 18 de mayo de 2012 fue publicada la resolución que regula el régimen único de ascensos en la carrera policial tanto en el cuerpo de Policía Nacional Bolivariana como en los cuerpos de policía estadales y municipales del país.

La resolución propuesta por el Consejo General de Policía (CGP), y aprobada por el órgano rector en materia de seguridad ciudadana, el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia (MPPRIJ), tiene como finalidad contribuir a desarrollar el nuevo modelo de carrera policial, de carácter civil y profesional, integrado por funcionarios y funcionarias policiales que cuenten con solvencia moral, aptitudes y competencias requeridas para el ejercicio idóneo de las funciones y responsabilidades inherentes a cada nivel jerárquico y rango policial. De esta manera mejora y fortalece el servicio de policía tal y como lo establece la Ley del Estatuto de la Función Policial (LEFPol).

La norma establece el desarrollo de un régimen único de ascensos de los funcionarios y funcionarias policiales de los cuerpos de policía para garantizar que estos procesos sean imparciales, transparentes y fundamentados en una metodología uniforme que permita determinar objetivamente bajo un proceso de evaluación sus habilidades, destrezas, competencias y condiciones físicas, mentales y solvencia moral para el desempeño de la función policial.

 Los funcionarios y funcionarias policiales que cumplan los requisitos mínimos de antigüedad en la carrera policial tienen el derecho y el deber de participar en los procesos de ascensos dentro del cuerpo de policía en el cual presten servicios. Ningún funcionario o funcionaria policial podrá negarse o excusarse de participar en dichos procesos.

La Ley Orgánica del Servicio de Policía y Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana (LOSPCPNB) otorga al ministerio a cargo de la seguridad ciudadana, el MPPRIJ, la rectoría y orientación en materia del servicio de policía y las siguientes atribuciones: brindar acompañamiento técnico a los procesos de ascenso en en los cuerpos de policía, dictar la normativa, guías técnicas y formatos que sean necesarios para desarrollar adecuadamente el proceso de ascenso, supervisar y evaluar e intervenir en los procesos de ascensos y designar a los representantes que integrarán el Equipo Técnico de Procesos de Ascenso en los cuerpos de policía del país bajo la coordinación del CGP y el Viceministerio del Sistema Integrado de Policía (Visipol).

 Para mayor información sobre las condiciones y requisitos estipulados en la presente resolución para el proceso de ascensos en la carrera policial, ingrese a la página web www.consejopolicia.gob.ve