Fuente: CGP
27 de Junio 2013
A partir de la aprobación en diciembre de 2009 de la Ley del Estatuto de la Función Policial (LEFPol) se inicia en Venezuela la implantación de una carrera policial unificada para todos los cuerpos de policía ostensiva del país -bien sean del nivel municipal, estadal o Nacional.
Dicha ley marca también el comienzo del proceso de regulación de esa carrera y ha sido acompañada y complementada por las resoluciones aprobadas a partir de ese momento por el órgano rector en la materia de seguridad ciudadana, el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, las cuales se espera consolidar en el Reglamento de dicha ley cuya propuesta está siendo consultada por el Consejo General de Policía.
En cuanto a los rangos policiales, la LEFPol establece 9 rangos divididos en tres niveles: operativo, táctico y estratégico. El primer nivel, Operativo: con responsabilidades en la ejecución de actividades de contacto inmediato y operacional con la ciudadanía, estará integrado, en orden ascendente, por: los y las oficiales, los y las oficiales agregados y los y las oficiales jefes. El segundo nivel, Táctico: con responsabilidades de dirección media, diseño de operaciones, supervisión y evaluación a nivel táctico, estará integrado, en orden ascendente, por: los supervisores y supervisoras, los supervisores y supervisoras agregados y los supervisores y supervisoras jefes. El tercer nivel, Estratégico: con responsabilidades de alta dirección, planificación y evaluación estratégica, estará integrado, en orden ascendente, por: los comisionados y comisionadas, los comisionados y comisionadas agregados y los comisionados y comisionadas jefes.
Ese instrumento jurídico establece uns requisitos específicos para alcanzar cada uno de los rangos como parte del proceso de ascenso en la carrera policial.
Nivel Operativo:
Los y las oficiales deberán haber cursado y aprobado al menos 1 año de formación en la institución académica nacional especializada en seguridad, además de haber aprobado el concurso y culminado en forma exitosa el período de prueba establecido, demostrando un alto sentido de pertenencia e identidad institucional.
Los y las oficiales agregados deberán haber prestado servicio durante 3 años como mínimo como oficial y tener al menos 3 semestres aprobados de educación a nivel de técnico superior universitario, demostrando capacidad para organizar y supervisar grupos pequeños de funcionarios(as) policiales en tareas sencillas.
Los y las oficiales jefes deberán contar con 6 años de carrera policial, 3 de ellos como oficial agregado y tener grado de técnico superior universitario, demostrando capacidad para organizar y supervisar en tareas sencillas, ordinarias o novedosas, a grupos pequeños y medianos de funcionarios(as) policiales.
Nivel Táctico:
Los(as) supervisores(as) deberán contar con una antigüedad de 9 años en la carrera policial, 3 de ellos como oficial jefe y tener el grado de licenciatura, demostrando capacidad para dirigir y supervisar, en tareas de mediana complejidad, ordinarias o novedosas, a grupos medianos de funcionarios(as) policiales.
Los(as) supervisores(as) agregados(as) deberán contar con 12 años de carrera policial, 3 de ellos como supervisor(a ) y un diploma de post licenciatura o cursos equivalentes de carácter breve, demostrando capacidad de aplicar liderazgo situacional y gerencial en tareas de elevada complejidad.
Los(as) supervisores(as) jefes deberán contar con 15 años de carrera policial, 3 de ellos como supervisor(a) agregado(a) y cursos aprobados de post licenciatura de duración media, demostrando capacidad para evaluar en forma continua al personal a su cargo, adoptar correctivos ante conductas inadecuadas y coordinar con otras entidades o instituciones fuera del cuerpo policial.
Nivel Estratégico:
Los(as) comisionados(as) deberán contar con 18 años de carrera policial, 3 de ellos como supervisor(a) jefe y de preferencia con estudios de
cuarto nivel de al menos 3 semestres de duración, cumplir con el curso básico de nivel estratégico, demostrando capacidad para administrar talento humano y recursos materiales y para promover la rendición de cuentas y la participación de las comunidades.
Los(as) comisionados(as) agregados(as) deberán contar con 21 años de carrera policial, 3 de ellos como comisionado(a) y de preferencia con estudios de 4to nivel de mínimo 4 semestres y un curso medio de nivel estratégico, demostrando capacidad para procesar y utilizar información para planificar, desarrollar y supervisar planes en situaciones de desastres y, en general, definir y ejecutar los lineamientos administrativos, funcionales y operativos. Para el siguiente rango requerirán realizar un trabajo de investigación o publicar un texto que contribuya a la gestión o planificación del servicio de policía.
Los(as) comisionados(as) jefes deberán contar con 25 años de la carrera, 3 como comisionado(a) agregado(a) y de preferencia con estudios de 4to nivel de mínimo 4 semestres y un curso de gerencia y planificación a nivel estratégico de al menos 1 semestre, demostrando capacidad para proponer, adelantar y evaluar planes estratégicos dentro del cuerpo policial o en colaboración con otros cuerpos e instancias.
Para la adecuación de la carrera de estos funcionarios y funcionarias policiales a estos nuevos rangos policiales, se llevó a cabo en 2011 un proceso nacional de homologación, el cual permitío unificar la carrera policial para todos los cuerpos de policía del país y llevarla a 9 rangos ya que entonces en algunos cuerpos de policía alcanzaban hasta 19 rangos distintos y en otras sólo 5 rangos o jerarquías.
En ese proceso participaron unos 86 mil hombres y mujeres de nuestros cuerpos de policía, quienes fueron evaluados de acuerdo a sus años de servicio, nivel de formación académica, duración de su primera formación policial y una evaluación por competencias, la cual fue aplicada en todo el país con el apoyo de los Infocentros.
El resultado fue una pirámide de funcionarios en cada uno de los niveles y rangos, que responde a las necesidades del Nuevo Modelo Policial Venezolano demandado por los ciudadanos y ciudadanas, pero también a las necesidades de los funcionarios a quienes la homologación benefició por la vía de profesionalizar el ejercicio de la función policial, ya que se le dio relevancia a la formación académica y a la calidad del desempeño de los funcionarios y funcionarias en la prestación del servicio de Policía por encima de las relaciones interinstitucionales o los años de servicio.
Como parte de ese proceso de homologación nacional de rangos realizado con base en la Resolución 169 (publicada en Gaceta Oficial 39.453 el 25/06/2012), se crearon algunos espacios para aquellos funcionarios y funcionarias que en ese momento estaban cursando estudios en distintos niveles académicos gracias a los cuales podían alcanzar un rango superior. Ese proceso, conocido como de Ajustes, se llevó a cabo hasta 2012, teniendo como referencia el Día del Policía, el 16 de julio de 2012.
El proceso de Ajustes permitió ascender al rango superior inmediato y de manera excepcional a aquellos funcionarios que participaron en el proceso de homologación de 2011 y que alcanzaron un nuevo nivel educativo y cumplían taxativamente con los requisitos establecidos en el Art. 37 de la Ley del Estatuto, y que citamos arriba. Este proceso se fundamentó en la Disposición Transitoria Segunda de la mencionada resolución y fue excepcional; por tanto, fue aplicado únicamente en 2012 y no será realizado en 2013 o adelante.
En cuanto a los Ascensos, en 2013 no corresponde que se realicen tales puesto que de acuerdo a la LEFPol y a la resolución de Homologación, que establecen que los funcionarios y funcionarias deben contar con tres años como mínimo en el rango anterior para poder aspirar a un nuevo rango. Para el 16 del julio de 2013 ningún funcionario o funcionaria policial homologado en 2011 contará con ese tiempo y por tanto no cumplirá con ese requisito.
Para los próximos ascensos policiales, previstos para el 16 de julio de 2014, la resolución establece que ese año cada funcionario y funcionaria debe ser evaluado por su cuerpo de policía en cuanto a méritos de servicio, desempeño y competencias para los rangos de Oficial Agregado a Supervisor Jefe. Quienes aspiran a rangos de Comisionado deberán ser evaluados adicionalmente a través de una entrevista personal y una evaluación integral de compromiso institucional.
Cada uno de estos aspectos será valorado de acuerdo a los porcentajes establecidos en la Resolución que norma los Ascensos (publicada en Gaceta Oficial 39.957 del 03/07/2012), por lo que no ascenderán aquellos funcionarios o funcionarias que no cumplan con el Artículo 37 de la LEFPol.
Asimismo, son de naturaleza eliminatoria en las pruebas para el ascenso la idoneidad moral en la conducta funcionarial y ciudadanas, la evaluación física y médica y la evaluación psicológica establecidas en el Articulo 25 de la respectiva resolución y forman parte de la evaluación de méritos de servicio los reconocimientos institucionales y el cumplimiento de los deberes cívicos y participación social, así como la formación continua y el reentrenamiento. Por ejemplo, el Reentrenamiento ofrecido por la UNES como parte del PEMPP desde 2012, forma parte de los méritos de servicio, los cual alcanzan hasta un 30% del puntaje para el Ascenso.
Para mayor información, ingrese a la página web www.consejopolicia.gob.ve